Logo PIDE
Somos E.Pública
Sindicato del Profesorado Extremeño
Apartado de Correos nº1 - 06800 Mérida
correo correo@sindicatopide.org
Acceso a afiliados
CC: 927 24 93 62
PL: 927 41 22 39
CO: 927 11 01 00
NA: 927 10 41 04
Ciguena negra
BA: 924 24 59 66
ME: 924 31 01 63
DB: 924 81 13 06
ZA: 924 11 68 96
Transparencia e Igualdad



Aviso Legal
Buscador en la Web PIDE

Cartas y artículos de Educación

Blog
PIDE

«Ley
Trampa»

30/05/2016 Alfredo Aranda Platero
Vicepresidente del Sindicato PIDE


Como si de un espectáculo de magia se tratase, la leyes,
en ocasiones, se quedan en una mera ilusión que consigue
que el espectador vea lo que no es; pero si rascas un poco, si te
fijas, si prestas atención, podrás advertir la trampa,
el truco. Esa cualidad de «prestidigitador» que muchos
políticos cuidan y trabajan, con intención que crear
ilusiones en la población, se convierte, la mayor parte de
las veces, en un lastre para el propio político ilusionista,
porque las ilusiones rotas no se olvidan fácilmente.

Reza un viejo refrán español: «El que hace la
ley hace la trampa». Para encontrar leyes tramposas no hace
falta salir de Extremadura. Una de las más tramposas es la
Ley 7/1985, de 26 de noviembre, de iniciativa legislativa popular
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por la que los ciudadanos
extremeños, mayores de edad e inscritos en el censo electoral,
pueden ejercer una ILP (prevista en el Estatuto de Autonomía).
Sin embargo la «trampa extremeña» para quedar
en «agua de borrajas» esta ley, es zafia, pero efectiva,
dado que para ejecutar el derecho democrático de participación
ciudadana a través de una ILP se necesita contar con la firma
de, al menos, el 5% del censo electoral. Y dado que el censo es,
alrededor, de novecientas mil personas, se precisarían 45.000
firmas para poder emprender una iniciativa de este calado en Extremadura.
O dicho de otra manera: el gobierno extremeño no quiere que
se presenten iniciativas legislativas populares y tuerce la ley
para impedirlo.

No es razonable que en Extremadura se exijan 45.000 firmas para
emprender una iniciativa legislativa popular, casi las mismas que
la comunidad de Madrid o de Valencia, cuando estás comunidades
nos quintuplican en el número de ciudadanos con derecho a
voto.

La iniciativa legislativa popular es un mecanismo, amparado por
la Constitución, para que cualquier ciudadano pueda presentar
iniciativas de ley. Pero dicha iniciativa debe estar secundada por
un número concreto de firmas, y es ahí donde está
el agravio con respecto a otras comunidades. Podemos decir que,
según el número de ciudadanos inscritos en el censo,
Extremadura es la comunidad que necesita un mayor número
de firmas para emprender una iniciativa popular de este calado.
Ni que decir tiene que es, poco menos, una hazaña de dimensiones
colosales conseguir un número tan elevado de firmas y, por
tanto, la referida ley es, en realidad, «papel mojado».
Y lo más lacerante de todo es que estamos ante una ley de
hace más de 30 años, y ahora nos dirán, sin
pudor alguno, que no han tenido tiempo suficiente para acometer
su modificación.

De nada vale que la ILP esté avalada por la Constitución,
que sea un instrumento democrático de participación
ciudadana o que constituya la expresión misma de que el pueblo
puede actuar en representación propia, si después,
en su desarrollo autonómico, se ponen condiciones leoninas
para poder llevarla a cabo. Con la clara intención de que
la ciudadanía no pueda ejercer de ese derecho.
Aplicando a la Comunidad Autónoma de Extremadura el porcentaje
que la Constitución española prevé en su regulación
a nivel nacional (1,26 % del censo), en tierras extremeñas
se necesitarían, poco más de 11.000 firmas para promover
una iniciativa legislativa popular, muy alejadas de las actuales
45.000.

El engaño suele ocultar siempre una cobardía y las
leyes torticeras, nacidas siempre con aviesas intenciones, son la
expresión clara de esta realidad. En Extremadura las asociaciones
que luchaban, por ejemplo, por la renta básica, una petición
justa y mediática, no consiguieron llegar, ni de lejos a
las 45.000 firmas necesarias para promover una ILP; se quedaron
en 26.000 firmas, más que suficientes si la “ley trampa”
se ajustará a los porcentajes que aplican el resto de comunidades.

Sería un gesto necesario, por parte del ejecutivo extremeño,
que el número de firmas para promover una ILP en Extremadura,
que actualmente está, insisto, en el 5% del censo electoral,
se ajustara a lo que la Constitución considera a nivel nacional,
el 1,26 por ciento. Si no fuera así, el mensaje que se está
mandando a la ciudadanía extremeña es que el gobierno
autonómico impide que los ciudadanos puedan utilizar la Asamblea
de Extremadura como instrumento democrático.


HOY